MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
Ley
Se dan recursos para dotar de edidicio nuevo al Liceo Osimani y Llerena de Salto, incluyendo al alhajamiento.
Poder Legislativo.
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1
Amplíase la Deuda de Obras Públicas 5% 1942", en la cantidad de un millón doscientos mil pesos, con destino a la adquisición de terrenos y
financiación de las obras de construcción y alhajamiento del edificio para el Liceo Osimani y Llerena de Enseñanza Secundaria de Salto.
BATLLE BERRES. - OSCAR SECCO ELLAURI.- LEDO ARROYO TORRES.