Fecha de Publicación: 15/07/1949
Página: 77-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 13

   Los funcionarios docentes que cuenten con más de cinco años de actuación y que estén a cargo de cursos ordinarios o especiales 
readquirirán la situación docente que les corresponda como profesores al aplicarse el Escalafón.
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