Fecha de Publicación: 15/07/1949
Página: 77-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 23

   Las remuneraciones comprendidas en las planillas de la presente ley incluyen los aumentos decretados por las leyes Nº 10.756 de 27 de julio de 
1946 y Nº 11.070, de 17 de junio de 1948, no siendo aplicable en estos 
casos la disposición del artículo 7º de la segunda de las leyes citadas.
Ayuda