Fecha de Publicación: 26/06/1950
Página: 356-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Ley 

Se modificaron disposiciones sobre arrendamientos, desalojos y otras incidencias, tratándose de bienes urbanos.

Poder Legislativo.

   El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del 
Uruguay, reunidos en Asamblea General, 


                                 DECRETAN:

Artículo 1

   Deróganse los artículos 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, y 11º de la ley Nº
11.129, de 1º de octubre de 1948.

BATLLE BERRES.- OSCAR SECCO ELLAURI.


(*) Nota de "Diario Oficial".- Se trata de la ley N° 11.412, que es de fecha 18 de abril. El 12 de abril es la de aprobación por la Cámara de Representantes.
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