MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
Los escribanos que, al entrar en vigor esta ley, ocupen cargos de Actuarios o Adjuntos en los Tribunales de Apelaciones o Juzgados Letrados, podrán ser designados Secretarios de los Tribunales de Apelaciones, siempre que hayan continuado en su cargo hasta el momento de esta designación.Ayuda