MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
En los casos de condenación en costas, ejecutoriada la sentencia, el Juez ordenará, dentro del quinto día, la liquidación del monto del sellado, timbres y demás tributos que deberán reembolsar el condenado a la parte contraria. Contra la resolución que apruebe la liquidación, sólo habrá recurso de reposición.Ayuda