Fecha de Publicación: 15/08/1950
Página: 206-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 14

   Asígnase al Ministerio de Instrucción Pública y Previsión Social
la cantidad de doscientos mil pesos ($ 200.000.00) para iniciar la 
publicación de una Biblioteca de Autores Clásicos Uruguayos, que se denominará "Biblioteca Artigas".
   A tal efecto, créase una Comisión presidida por el Ministro de 
Instrucción Pública e integrada por el Director del Archivo General de la Nación, el Director de la Biblioteca Nacional y el Director del Museo Histórico Nacional. Dentro del plazo de treinta días, el Poder Ejecutivo reglamentará el funcionamiento de dicha Comisión.
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