MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO
Auméntase a tres mil pesos ($ 3.000.00) mensuales la contribución de dos mil pesos ($ 2.000.00) que por el artículo 12 de la ley Nº 9.538, debe abonar la Caja Nacional de Ahorro Postal a la Dirección General de Correos.Ayuda