Fecha de Publicación: 24/08/1950
Página: 253-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO

Artículo 5

   Las asignaciones de los Agentes de Correos tienen el carácter de
compensación, cuyo importe será fijado en cada caso por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Dirección General de Correos, con arreglo a la importancia de los servicios a atenderse.
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