Fecha de Publicación: 03/10/1950
Página: 5-A
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PODER EJECUTIVO

Artículo 74

   Agrégase al artículo 2º de la ley número 9.189, de 4 de enero de 1934, el siguiente inciso:
 
   "10) Los inmuebles de propiedad de los partidos políticos nacionales, 
destinados exclusivamente a sedes de sus organizaciones partidarias".
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