Fecha de Publicación: 31/10/1950
Página: 141-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO

Artículo 10

   Tendrán derecho a la asignación hasta la edad de 18 años, los hijos lisiados o incapacitados totalmente para el estudio o definitivamente para 
el trabajo.
Ayuda