Facúltase al Poder Ejecutivo a convenir con las ocho empresas que
intervinieron en el Concurso y licitación realizados en actos
simultáneos, el día 16 de febrero de 1951, las modificaciones que sea
necesario introducir para el perfeccionamiento de las respectivas ofertas
y proyectos presentados, quedando autorizado el Poder Ejecutivo para
contratar la ejecución de las obras con la empresa que ofrezca la
solución más conveniente, dentro de las partidas establecidas en la
presente ley.