Corresponde al Directorio:
A) Administrar el patrimonio del Organismo.
B) Fijar las tarifas generales de sus servicios con la aprobación
del Poder Ejecutivo.
C) Fiscalizar y vigilar todos los servicios y dictar las normas y
reglamentos necesarios.
D) Ejercer la potestad disciplinaria sobre todo el personal.
E) Proyectar el presupuesto del Instituto, el que será elevado al
Poder Ejecutivo a los efectos de lo dispuesto en el artículo 221
de la Constitución, y con el dictamen previo del Tribunal de
Cuentas.
F) Proponer al Poder Ejecutivo, en el momento que resulte necesario,
las designaciones, promociones y cesantías del personal
presupuestado del Organismo, de acuerdo a las normas que establece
la presente ley.
G) Resolver las demás cuestiones que el Presidente o cualquiera de
sus miembros someta a su consulta o a su decisión.