Fecha de Publicación: 09/01/1953
Página: 35-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Artículo 15

   El ingreso de todo el personal técnico, semitécnico y administrativo se hará siempre por la última categoría del escalafón correspondiente y por concurso de oposición, con las únicas excepciones de los cargos de Gerente General, Secretarios y Asesores Técnicos del Directorio.
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