MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
El personal obrero no especializado y el personal de servicio ingresarán por sorteo, de un registro cuyos aspirantes llenarán las condiciones previstas en los apartados A), B) y C) del artículo 19. Dicho sorteo lo efectuará la Comisión Distribuidora de Trabajo integrada con un Delegado de la Comisión Asesora de Empleados y Obreros.Ayuda