Fecha de Publicación: 09/01/1953
Página: 35-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Artículo 28

   Serán cometidos de la Comisión Asesora de Promociones, Faltas y
Seguridad Industrial:
      A) Informar al Directorio, en todas las cuestiones relativas a 
despidos, sanciones o traslados, cuando el Directorio o el interesado lo 
soliciten.
      B) Informar al Directorio sobre todas las solicitudes de 
reconsideración de calificaciones del personal.
      C) Informar en todos los problemas relativos a la organización del 
trabajo, la higiene, cooperativismo, previsión social, asistencia médica, 
vivienda y seguridad industrial. En estos aspectos, podrá también tener 
iniciativa propia ante el Directorio, proponiendo las reglamentaciones o 
proyectos del caso.
      D) Dictar su propio reglamento de funcionamiento, que será sometido 
a la aprobación del Directorio.

                        VII - Disposiciones generales
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