MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
El Poder Ejecutivo, los Entes Autónomos o los Municipios, podrán adquirir, por el precio de tasación, materiales o útiles que no le sean necesarios al Organismo para destinarlos a otros servicios que los requieran. Fuera de estos casos, el Directorio deberá llamar a licitación pública, para la venta de dichos elementos.Ayuda