Ley
Se fija el Presupuesto General de Sueldos y Gastos.
Poder Legislativo,
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General
DECRETAN:
SECCION I
Artículo 1
Fíjase en $ 446:335.274.34 (cuatrocientos cuarenta y seis millones
trescientos treinta y cinco mil doscientos setenta y cuatro pesos con treinta y cuatro centésimos) el monto líquido a cargo de Rentas Generales del Presupuesto General de Sueldos y Gastos de la República para los Ejercicios del actual período de Gobierno, y en $ 17:029.434.75 (diez y siete millones veintinueve mil cuatrocientos treinta y cuatro pesos con setenta y cinco centésimos) el monto líquido de los Presupuestos de los Organismos del Estado que se cubren con rentas propias de acuerdo con el detalle establecido en las planillas que se acompañan y las disposiciones contenidas en esta ley.
Por el Consejo: MARTINEZ TRUEBA. - ANTONIO GUSTAVO FUSCO. - FRUCTUOSO PITTALUGA. - EDUARDO ACEVEDO ALVAREZ. - LEDO ARROYO TORRES. - CARLOS L. FISCHER. - FEDERICO GARCIA CAPURRO. - JUAN T. QUILICI. - HECTOR A. GRAUERT. - JORGE VILA. - Eduardo Jimenez de Arechaga, Secretario.
(*) Discusión: C. R. 77ª Ses.: 15 de setiembre de 1953 (Publicada en D. O. el 30 de diciembre de 1952).
C. R. 78ª Ses.: 16 y 17 de setiembre de 1953 (D. O. 10, 12 y 13 de enero de 1953).
C. R. 8ª Ses.: 12 de febrero de 1952.
C. S. 60ª Ses.: 17 de setiembre de 1952.
C. S. 82ª Ses.: 28 de diciembre de 1952.
C. S. 85ª Ses.: 5 y 6 de enero de 1953.
C. S. 86ª Ses.: 7 de enero de 1953.
A. G.: 16 de marzo de 1953.
A. G.: 23 y 24 de marzo de 1953.
A. G.: 24 y 25 de marzo de 1953.