Fecha de Publicación: 06/04/1953
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PODER EJECUTIVO

Artículo 120

   Los cargos de Oficiales de Reparaciones de los Edificios y de Lavanderas, que figuran en los Establecimientos del interior a medida que queden vacantes, se suprimirán, y sus asignaciones correspondientes, pasarán a aumentar los Rubros 1.04 (Jornales) inciso C) y 1.09 (Retribuciones varias) (Comisiones, etc.) inciso D) respectivamente, del ltem 10.54.

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