Fecha de Publicación: 06/04/1953
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PODER EJECUTIVO

Artículo 132

   Autorízase a la Dirección General de Correos para invertir la suma de $ 30.000.00 (treinta mil pesos) por una sola vez, para instalar buzones
en los ómnibus interdepartamentales y suburbanos y en las carreteras, 
para el servicio postal. Este será atendido con el rubro 1.02 del Presupuesto Postal.

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