Una vez que se hayan establecido por lo menos dos distritos postales, se suprimirán las sucursales vecinales que queden vacantes hasta el
número de veinte. Las sucursales que resultaren vacantes una vez cubierto el número de veinte a suprimirse, se irán transformando en Agencias de Asignación Fija, si a juicio del Poder Ejecutivo fuere necesario mantener el servicio. Las economías resultante, por aplicación de estas disposiciones pasarán a reforzar el rubro destinado a construcción de edificios para Oficinas Postales.