PODER EJECUTIVO
Para los actuales jornaleros al servicio de la Caja, regirá lo dispuesto en el artículo anterior. Luego de efectuados los ascensos a que da lugar la presente ley, los cargos vacantes se llenarán, en primer término, con los actuales jornaleros, que en su totalidad deberán ocupar cargos presupuestales.Ayuda