Fecha de Publicación: 06/04/1953
Página: 29-A
Carilla: 29

PODER EJECUTIVO

Artículo 26

   No podrá comprometerse ningún gasto sin que exista disponibilidad
suficiente para atenderla en el rubro respectivo: ni afectar a los mismos 
recursos o rubros de Ejercicios venideros.
   Los créditos no comprometidos durante la vigencia del Ejercicio caducarán al expirar el mismo, con excepción de los que sean autorizados por una sola vez.
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