Para actuar como delegado de los funcionarios, deberá acreditarse no menos de diez años de antigüedad en el Ministerio, foja de servicios
intachable y calificación excelente en los conceptos B) y C) del artículo
75.
Cada categoría elegirá por voto secreto y a mayoría simple de votantes en lista de cinco candidatos; el cargo de delegado será atribuido por sorteo entre los candidatos de la lista triunfante.
Si no se registraren listas o no concurriere a la elección un número
de funcionarios que supere al 15% de los habilitados para votar, el
Ministerio de Salud Pública designará los cinco candidatos que reúnan las condiciones determinadas en el presente artículo, entre los cuales se efectuará el sorteo.