Fecha de Publicación: 23/10/1953
Página: 101-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Artículo 4

   Quedan exoneradas de este adicional nacional las propiedades 
pertenecientes al Estado y a los Municipios y todas las que gozan de ese privilegio por la Constitución de la República o leyes especiales.
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