Fecha de Publicación: 15/05/1954
Página: 155-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE GANADERIA Y AGRICULTURA

Artículo 47

   Recibido el ofrecimiento de la venta, el Instituto Nacional de 
Colonización dispondrá de veinte días para dar noticia del mismo a los ocupantes del predio, y de veinte días más para concertar la operación.
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