Fecha de Publicación: 23/07/1954
Página: 133-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 10

   Quedan comprendidas en los beneficios de esta ley las operaciones
realizadas con anterioridad a la fecha de la promulgación de la presente
ley por los funcionarios y ex funcionarios del Poder Legislativo.
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