MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO
Para la administración del Fondo se constituirá una Comisión Honoraria Tripartita, integrada con un representante del Estado, uno de CUTCSA y uno de los empleados y obreros de ésta, comprendidos en el Fondo, estableciéndose para la elección del delegado obrero, el procedimiento que rige en el artículo 7° de la ley número 10.449.Ayuda