MINISTERIO DE HACIENDA
Fe de erratas publicada/s: 11/03/1959.
El sellado a que se refiere el artículo 28, incisos 11 y 12, de la ley N.o 7.649, de 23 de noviembre de 1923, modificados por el artículo 6.o de la Ley N.o 11.462, de 8 de julio de 1950, será de $ 4.00 (cuatro pesos).Ayuda