El Consejo Nacional de Enseñanza Primaria y Normal, por intermedio de
sus dependencias técnicas, fijará las normas para preparar y efectuar la
recaudación de los Departamentos del interior. Al efecto las Inspecciones
Departamentales podrán solicitar la colaboración y el asesoramiento del
caso a las Comisiones Departamentales Honorarias de Edificación Escolar y
Comisiones de Fomento Escolar.