Fecha de Publicación: 13/12/1957
Página: 593-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 20

   Autorízase al Poder Ejecutivo a emitir una deuda que se denominará
"Deuda Consolidación Déficit Pensiones a la Vejez, 5 % 1957", hasta un
monto nominal de pesos 36:000.000.00 (treinta y seis millones de pesos),
que se colocará y rescatará a la par en las condiciones impuestas en el
artículo siguiente.
Ayuda