Ley 12.499
Se declaran vinculados a la Caja de Compensaciones por Desocupación en
la Industria Frigorífica a los obreros cesantes del Frigorífico Swift y
del Artigas, se dan normas sobre Bolsa de Trabajo y se modifican disposiciones de la ley N° 12.276 sobre grávamenes del juego de quinielas.
Poder Legislativo.
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1
Decláranse nuevamente vinculados a la Caja de Compensaciones por
Desocupación en la Industria Frigorífica, a partir del 15 de abril de
1958, y amparados al régimen de la ley N° 10.562, de 12 de diciembre de
1944, complementarias y concordantes, a los obreros de la Compañía Swift
de Montevideo y Frigorífico Artigas Sociedad Anónima, cesantes con motivo
del cierre de dichos establecimientos.
Por el Consejo: FISCHER. - HECTOR A. GRAUERT. - Justo José Orozco,
Secretario.