Fecha de Publicación: 01/10/1958
Página: 2-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Artículo 6

   Mantiénense en vigencia las disposiciones de la ley N° 9.723 de 19 de
noviembre de 1937, como, asimismo, las del decreto reglamentario del 18
de diciembre de 1937 y las del decreto-ley de 8 de mayo de 1942, que no
se opongan a las presentes modificaciones.
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