Fecha de Publicación: 28/10/1958
Página: 191-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE GANADERIA Y AGRICULTURA

Ley 12.541
 
Se autoriza al Frigorífico Nacional para aplicar el régimen de tarifa móvil para la venta de carne en la capital, se establecen medidas y recursos para la represión del comercio ilícito y se dispone la entrega
de una suma y se dan normas para saldar deudas de organismos oficiales contraídas con el Instituto.

Poder Legislativo.

   El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                                DECRETAN:

Artículo 1

   Autorízase al Frigorífico Nacional a aplicar de inmediato el régimen
llamado de tarifa móvil, para la venta de carne limpia destinada al
abasto de Montevideo. Dicho régimen deberá seguir tomando en cuenta los
valores del ganado, así como el de los sub-productos y demás factores intervinientes en la determinación del costo estricto de la carne limpia
en la playa de entrega.

Por el Consejo: ZAVALA MUNIZ. - JOAQUIN APARICIO. - HECTOR A. GRAUERT. -
AMILCAR VASCONCELLOS. - GLAUCO SEGOVIA. - RAUL R. GAUDIN. - Justo José
Orozco, Secretario.
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