Fecha de Publicación: 29/10/1958
Página: 200-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Fe de erratas publicada/s: 18/02/1959, 07/11/1958.

Artículo 14

   Designación da los delegados de la Asamblea, General del Claustro. -
La Asamblea General del Claustro designará los miembros correspondientes
del Consejo Directivo Central en sesión especialmente convocada al efecto
y en la forma que determina la ordenanza respectiva.
   Los delegados deberán pertenecer, en igualdad de número, a los tres
órdenes representados en la Asamblea. Conjuntamente con los delegados se
designarán doble número de suplentes.

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