MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO
Fe de erratas publicada/s: 20/11/1958.
El Seguro de Paro cubrirá el riesgo de falta de empleo y sus beneficios alcanzarán a todos los trabajadores ocupados habitualmente en cualquier actividad remunerada, a servicio de terceros, comprendida en las leyes que rigen la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Industria y Comercio. BeneficiariosAyuda