Son atribuciones de la Comisión Paritaria:
A) Informar a la Caja sobre todos los asuntos por riguroso orden
Cronológico de ingreso a su despacho, debiendo expedirse en el plazo de
treinta días.
B) Sugerir modificaciones reglamentarias o legales.
C) Opinar sobre la administración general del Seguro.
D) Ser oídos personalmente por el Directorio en casos especiales y por
razones graves y urgentes.