Fecha de Publicación: 10/11/1958
Página: 316-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO

Fe de erratas publicada/s: 20/11/1958.

Artículo 23

   El Directorio de la Caja organizará Bolsas de Trabajo en aquellos lugares donde la demanda y oferta de trabajo justifiquen su creación.

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