MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fe de erratas publicada/s: 10/04/1959.
La Carta de Expedición será extendida, en triplicado, por el transportador. Un ejemplar quedará en su poder, otro se remitirá a la Junta en la forma que se establecerá en la reglamentación de la presente ley; y el tercero acompañará la carga.Ayuda