MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
Si iniciado el servicio de una pensión no aparecieren elementos de
juicio que permitan suponer la existencia de otros copartícipes, los
haberes de éstos comenzarán a devengarse desde la fecha de presentación,
y, a partir de la misma, se harán los ajustes pertinentes.
Mandatos a término
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