MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
Si iniciado el servicio de una pensión no aparecieren elementos de juicio que permitan suponer la existencia de otros copartícipes, los haberes de éstos comenzarán a devengarse desde la fecha de presentación, y, a partir de la misma, se harán los ajustes pertinentes. Mandatos a términoAyuda