MINISTERIO DE HACIENDA
Fe de erratas publicada/s: 24/01/1961.
Créase un Juzgado Letrado del Trabajo de Montevideo, que entenderá en primera instancia en los asuntos originados en conflictos individuales de trabajo. Los juicios pendientes a la fecha de entrada en vigencia de esta ley continuarán su trámite arte el mismo juez. Créanse dos Juzgados Letrados de Primera Instancia en lo Civil.Ayuda