MINISTERIO DE HACIENDA
Fe de erratas publicada/s: 24/01/1961.
El saldo líquido del superávit que arrojara el balance de la ejecución presupuestal del ejercicio 1959, comunicado a la Asamblea General, de acuerdo con lo que establece el artículo 215 de la Constitución, será aplicado por el Poder Ejecutivo a la atención de compromisos a cargo de Rentas Generales, durante el ejercicio 1960.Ayuda