MINISTERIO DE HACIENDA
Fe de erratas publicada/s: 24/01/1961.
En oportunidad de cumplirse lo preceptuado por el artículo 215 de la Constitución, el Poder Ejecutivo someterá a la Asamblea General los proyectos referentes a las organizaciones indicadas en los artículos anteriores y las modificaciones presupuestales que correspondan.Ayuda