Fecha de Publicación: 15/12/1960
Página: 549-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1961.

Artículo 63

   La Intendencia General de Policías tendrá como cometido esencial el
aprovisionamiento general y la confección de vestuarios para todos los
servicios policiales o administrativos del Ministerio del Interior en la
forma que reglamentará el Poder Ejecutivo.
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