MINISTERIO DE HACIENDA
Fe de erratas publicada/s: 24/01/1961.
Las compensaciones con cargo al rubro 1.07, establecidas en el Item 8.04 (Dirección de Hidrografía), para el personal de embarcaciones por la ley N.o 12.376, de 31 de enero de 1957, se considerarán como otorgadas al funcionario y no al cargo y no sufrirán modificaciones en caso de ascenso.Ayuda