Fecha de Publicación: 15/12/1960
Página: 549-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1961.

Artículo 98

   Transfiérense a la Dirección de Abastecimientos Agropecuarios los
cometidos y funciones que las disposiciones vigentes confieren a la 
Administración y Reserva de Excedentes Agrícolas, así como la 
disponibilidad de los proventos que determinan las leyes en vigor.
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