MINISTERIO DE HACIENDA
Fe de erratas publicada/s: 24/01/1961, 21/12/1960.
(Balances de Bancos). Los Bancos nacionales o extranjeros y toda Institución de Crédito cualquiera que sea su denominación, presentarán al Ministerio de Hacienda, sus balances semestrales. Estos balances serán publicados en el "Diario Oficial".Ayuda