MINISTERIO DE HACIENDA
Fe de erratas publicada/s: 24/01/1961, 21/12/1960.
(Obligación de exhibir la patente ante autoridades). Ningún magistrado, funcionario o empleado público, podrá dar entrada, curso o trámite a gestión iniciada por personas sujetas al pago de patente de giro, sin la previa exhibición de la correspondiente al año en curso.Ayuda