MINISTERIO DE HACIENDA
Fe de erratas publicada/s: 24/01/1961, 21/12/1960.
(Comunicación de Juzgados). Los Juzgados en que se tramiten sucesiones, deberán incluir en las comunicaciones a que se refiere el artículo 16 de la ley N° 2.246, de 30 de agosto de 1893, la relación de los bienes inmuebles inventariados, indicando ubicación y número de padrón.Ayuda