(Boletos de remates y pedidos de mercaderías).
1o.) Cada boleto de venta de bien inmueble realizada en remate público,
pagará un timbre de $ 0.50.
2o.) Los pedidos de mercaderías realizados por los representantes de
fábricas extranjeras pagarán únicamente un timbre "especial" de $
0.50 por el original y cada una de sus copias. Estos timbres
especiales serán vendidos solamente en la Dirección General de
Impuestos Directos a quienes justifiquen estar habilitados para
desarrollar esa actividad por el pago de la Patente de Giro. Ningún
importador podrá aceptar pedidos de mercaderías sin el referido
timbre, haciéndose solidario en el pago de las multas
correspondientes en caso de infracción.
Quedan exceptuadas del pago de este timbre las propuestas,
cotizaciones y demás correspondencia referente a estos pedidos.